Modelo de acuerdo de teletrabajo 2026: el contenido obligatorio de la Ley 10/2021

Cuando una persona teletrabaja de forma regular, la empresa no puede limitarse a un correo con los días de casa: la Ley 10/2021 exige un acuerdo de trabajo a distancia por escrito, firmado antes de empezar y con doce apartados mínimos. Este modelo los trae todos, con el inventario de medios y las instrucciones de seguridad como anexos.

Respuesta rápida

La Ley 10/2021, de trabajo a distancia se aplica cuando el trabajo a distancia es regular: al menos el 30 % de la jornada en un periodo de tres meses (art. 1). Es voluntario y reversible para las dos partes (art. 5), el acuerdo se firma por escrito antes de empezar y se entrega copia a la representación legal en diez días y a la oficina de empleo (art. 6). Su contenido mínimo está en el art. 7: medios, gastos, horario, porcentaje presencial, centro, lugar, reversibilidad, control, incidencias técnicas, protección de datos, seguridad y duración.

Cuándo hace falta el acuerdo

Solo cuando el trabajo a distancia es regular según el art. 1 de la Ley 10/2021. Un día suelto en casa por una incidencia no lo es; dos días a la semana de forma estable, sí (supera el 30 % de una jornada de cinco días). El acuerdo puede ir dentro del contrato inicial o firmarse después, pero siempre antes de empezar (art. 6.1). Y es voluntario: no se puede imponer por la vía de la modificación sustancial del art. 41 ET, y negarse a teletrabajar no es causa de despido ni de modificación sustancial (art. 5.2).

Si quien pide teletrabajar lo hace para conciliar, la vía es la solicitud de adaptación de jornada del art. 34.8 ET; si se acepta en formato regular, después se firma este acuerdo.

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Modelo de acuerdo de teletrabajo 2026 (Word)

Acuerdo de trabajo a distancia con las doce letras del art. 7 de la Ley 10/2021, registro de jornada, prevención de riesgos, reversibilidad, anexo de inventario de medios y anexo de instrucciones de datos y seguridad.

Descarga directa y gratuita, sin registro. Se abre en Word, LibreOffice o Google Docs. Los campos entre corchetes [ ] son los que tienes que rellenar; la última página lleva las comprobaciones y se elimina antes de entregar el documento.

El contenido mínimo, letra a letra

Letra del art. 7Qué hay que concretar
a) MediosInventario de equipos, herramientas, consumibles y muebles, con su vida útil o periodo de renovación
b) GastosQué gastos tiene la persona y cómo, cuándo y cuánto se compensan (o lo que fije el convenio)
c) HorarioHorario de trabajo y, en su caso, reglas de disponibilidad
d) PorcentajeReparto entre trabajo presencial y a distancia
e) CentroCentro al que queda adscrita la persona y donde hará la parte presencial
f) LugarLugar elegido por la persona para trabajar a distancia
g) ReversibilidadPlazos de preaviso para volver a lo presencial
h) ControlMedios de control empresarial de la actividad
i) IncidenciasQué hacer ante dificultades técnicas
j) DatosInstrucciones de protección de datos específicas del trabajo a distancia
k) SeguridadInstrucciones de seguridad de la información
l) DuraciónDuración del acuerdo

Si un apartado no aplica, conviene decirlo expresamente en lugar de dejarlo en blanco: el acuerdo incompleto es el error más común.

Medios y gastos: lo que más se discute

La persona tiene derecho a la dotación y el mantenimiento de los medios necesarios (art. 11) y a que el teletrabajo no le suponga gastos: la empresa los sufraga o compensa (art. 12). La ley no fija un importe: lo concreta el convenio colectivo o, si no dice nada, el propio acuerdo. Por eso el modelo deja abierta la fórmula (importe fijo, gastos justificados o lo que diga el convenio).

Jornada, desconexión, prevención y control

Después de firmar

  1. Entrega una copia a la representación legal en un plazo no superior a diez días; la firmarán para acreditar la entrega (art. 6.2).
  2. Envía la copia a la oficina de empleo. Si no hay representación legal, también hay que formalizar y remitir la copia básica.
  3. Actualiza la evaluación de riesgos y entrega la información preventiva del puesto.
  4. Cualquier cambio posterior, incluido el porcentaje de presencialidad, se acuerda por escrito antes de aplicarlo (art. 8.1).

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el acuerdo de teletrabajo?

Sí cuando el trabajo a distancia es regular, es decir, al menos el 30 % de la jornada en un periodo de referencia de tres meses (art. 1 de la Ley 10/2021). Debe firmarse por escrito antes de empezar (art. 6).

¿La empresa puede obligarme a teletrabajar?

No. El trabajo a distancia es voluntario para las dos partes, no puede imponerse por modificación sustancial de condiciones y la negativa no es causa de despido (art. 5 de la Ley 10/2021).

¿Cuánto debe pagar la empresa por los gastos del teletrabajo?

La ley obliga a sufragar o compensar los gastos (art. 12), pero no fija un importe. Lo concreta el convenio colectivo o, en su defecto, el acuerdo de trabajo a distancia.

¿Se puede volver a trabajar en la oficina?

Sí, la decisión es reversible para empresa y persona trabajadora en los términos del convenio o, en su defecto, del acuerdo, que debe fijar el plazo de preaviso (arts. 5.3 y 7.g).

¿Hay que registrar la jornada en teletrabajo?

Sí. El registro horario debe reflejar el tiempo de trabajo, incluido el momento de inicio y finalización de la jornada (art. 14 de la Ley 10/2021).

¿A quién se entrega copia del acuerdo?

A la representación legal de las personas trabajadoras en un máximo de diez días, y después a la oficina de empleo. Si no hay representación, se remite igualmente copia básica a la oficina de empleo (art. 6.2).

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Redacción Ofizio · Mercadonet Global S.L. Publicado el 8 de octubre de 2026. Esta página y su plantilla tienen carácter informativo y orientativo: no sustituyen el asesoramiento de un profesional (abogado laboralista, graduado social o asesoría) para tu caso concreto. Las referencias normativas enlazan al texto consolidado del BOE; comprueba siempre la redacción vigente y el convenio colectivo aplicable antes de firmar, entregar o presentar cualquier documento. Contenido no firmado por un profesional colegiado.