Cuadrante de vacaciones de empleados 2026: plantilla y reglas del art. 38 ET

Planificar las vacaciones de toda la plantilla en un solo cuadrante evita que un servicio se quede sin cubrir en agosto y que alguien llegue a diciembre con días pendientes. La plantilla incluye el cuadrante anual, la comunicación del calendario a la plantilla y la solicitud de cambio de fechas.

Respuesta rápida

Según el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones son de al menos 30 días naturales al año, no se pueden cambiar por dinero, se fijan de común acuerdo según lo que diga el convenio sobre planificación, y cada persona debe conocer sus fechas al menos dos meses antes de empezar a disfrutarlas. Si hay desacuerdo, decide el juzgado de lo social por un procedimiento sumario y preferente.

Las reglas que tiene que respetar el calendario

ReglaQué diceBase
Duración mínima30 días naturales por año completo; el convenio o el contrato pueden mejorarlaArt. 38.1 ET
Sin compensación en dineroSolo se pagan las no disfrutadas al extinguirse el contratoArt. 38.1 ET
FechasDe común acuerdo, según la planificación anual del convenioArt. 38.2 ET
CalendarioSe fija en cada empresa; cada persona conoce sus fechas dos meses antes, como mínimoArt. 38.3 ET
DesacuerdoLo resuelve la jurisdicción social; procedimiento sumario y preferenteArt. 38.2 ET y art. 125 LRJS

Antes de rellenar el cuadrante, busca en tu convenio colectivo si fija periodos preferentes, turnos rotatorios, cierre del centro o un plazo para que la plantilla pida sus fechas.

Descarga la plantilla

Cuadrante de vacaciones de empleados 2026 (Word)

Cuadrante anual en horizontal para 12 personas (días por convenio, mes a mes, asignados y pendientes), comunicación del calendario a la plantilla con las reglas de IT y solicitud de cambio de fechas.

Descarga directa y gratuita, sin registro. Se abre en Word, LibreOffice o Google Docs. Los campos entre corchetes [ ] son los que tienes que rellenar; la última página lleva las comprobaciones y se elimina antes de entregar el documento.

Cómo hacer el cuadrante paso a paso

  1. Días de cada persona: los del convenio, en proporción si no ha trabajado el año completo.
  2. Periodos de cierre o de mínimo servicio: márcalos primero, son las restricciones de todo el cuadrante.
  3. Peticiones: recoge las fechas que pide cada persona; para las solicitudes individuales tienes la carta de solicitud de vacaciones.
  4. Cobertura: revisa mes a mes que en ningún puesto clave coincidan todas las ausencias.
  5. Comunicación: entrega o publica el calendario con antelación suficiente para que cada persona conozca sus fechas dos meses antes y guarda el recibí.
  6. Cambios: cualquier modificación, por escrito, y anotada en el cuadrante para que cuadre el saldo de días.

Vacaciones e incapacidad temporal o permisos

El art. 38.3 ET protege las vacaciones que coinciden con otras situaciones:

Las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato

Es el único caso en que las vacaciones se pagan en dinero: los días generados y no disfrutados se incluyen en el finiquito. El cálculo con ejemplos está en la guía de vacaciones pendientes en el finiquito y el documento, en el modelo de finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones corresponden por ley?

Al menos treinta días naturales por año completo de servicios (art. 38.1 ET). El convenio colectivo o el contrato pueden establecer más, y a veces los expresan en días laborables.

¿Con cuánta antelación hay que comunicar las vacaciones?

Cada persona debe conocer las fechas que le corresponden al menos dos meses antes del comienzo del disfrute (art. 38.3 ET).

¿Puede la empresa imponer las fechas de vacaciones?

No de forma unilateral: se fijan de común acuerdo, conforme a la planificación del convenio. Si no hay acuerdo, decide el juzgado de lo social por un procedimiento sumario y preferente (art. 38.2 ET).

¿Se pueden pagar las vacaciones en lugar de disfrutarlas?

No mientras el contrato esté vigente. Solo se abonan las no disfrutadas cuando el contrato se extingue (art. 38.1 ET).

¿Qué pasa si me pongo de baja durante las vacaciones?

Depende de la causa. Si es una incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia natural, o una suspensión por nacimiento, se disfrutan en otra fecha aunque acabe el año. Si es otra incapacidad temporal que impida disfrutarlas en el año, se pueden disfrutar después, dentro de los dieciocho meses siguientes al final del año en que se generaron (art. 38.3 ET).

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Redacción Ofizio · Mercadonet Global S.L. Publicado el 8 de octubre de 2026. Esta página y su plantilla tienen carácter informativo y orientativo: no sustituyen el asesoramiento de un profesional (abogado laboralista, graduado social o asesoría) para tu caso concreto. Las referencias normativas enlazan al texto consolidado del BOE; comprueba siempre la redacción vigente y el convenio colectivo aplicable antes de firmar, entregar o presentar cualquier documento. Contenido no firmado por un profesional colegiado.