Carta de renuncia en Venezuela: modelo en Word y preaviso
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Respuesta rápida
La LOTTT llama retiro a la renuncia: debe ser espontánea y libre de coacción (art. 78). En una relación por tiempo indeterminado, el preaviso es de una semana después de un mes de trabajo, una quincena después de seis meses y un mes después de un año (art. 81). Si hay causa justificada, no hace falta preaviso (art. 82).
Carta de renuncia para Venezuela (Word .docx)
Dos modelos: retiro voluntario con preaviso y retiro justificado por causa del patrono. Los huecos van marcados en amarillo; al final hay una página de notas que debes borrar.
Descargar la carta (.docx)Qué dice la LOTTT
- Retiro. Es la manifestación de voluntad unilateral del trabajador de poner fin a la relación, siempre que sea espontánea y libre de coacción (art. 78).
- Preaviso. Rige en la relación por tiempo indeterminado, cuando no hay causa legal que justifique el retiro (art. 81):
| Trabajo ininterrumpido | Preaviso |
|---|---|
| Después de un mes | Una semana |
| Después de seis meses | Una quincena |
| Después de un año | Un mes |
- Si omites el preaviso. Según el art. 81, el patrono debe pagarte los beneficios correspondientes hasta la fecha en que prestaste servicio.
- Con causa justificada. Cualquiera de las partes puede terminar sin previo aviso. Esa causa no se puede invocar si pasaron treinta días continuos desde que conociste o debiste conocer el hecho (art. 82).
Retiro justificado por causa del patrono
El art. 80 enumera las causas justificadas de retiro, entre ellas falta de probidad, vías de hecho, injuria o falta grave al respeto, acoso laboral o sexual, omisiones que afecten gravemente la salud y la seguridad, y cualquier acto que constituya un despido indirecto, como exigir un trabajo de índole manifiestamente distinta a la contratada.
En los contratos por obra o por tiempo determinado, si te retiras justificadamente antes del final, el patrono debe pagarte una indemnización igual a los salarios que devengarías hasta el final (art. 83). Si es tu caso, consulta en la Procuraduría del Trabajo antes de firmar.
Qué te deben pagar y entregar al salir
- Prestaciones sociales: dentro de los cinco días siguientes a la terminación; si no, generan intereses de mora (art. 142, literal f).
- Vacaciones y bono vacacional fraccionados: en proporción a los meses completos de servicio de ese año (art. 196).
- Constancia de trabajo: si la exiges, con duración, último salario y oficio (art. 84). Tienes el modelo en la página de constancia de trabajo.
Modelo para copiar
Sustituye lo que va entre corchetes. Entrega dos copias y pide que te firmen una con la fecha de recibido.
Modelo 1: retiro voluntario con preaviso
Modelo 2: retiro justificado por causa del patrono
Úsalo solo si la causa es real y puedes probarla, y antes de que pasen treinta días continuos desde que conociste el hecho (art. 82).
Ejemplo
La persona, los números y la empresa no existen. En el ejemplo es un mes porque lleva más de un año de trabajo.
Errores que hay que evitar
- Firmar una renuncia bajo presión. El retiro debe ser espontáneo y libre de coacción (art. 78). Si te presionan, consulta antes de firmar.
- Dejar pasar los treinta días. Una causa justificada ya no se puede invocar pasados treinta días continuos desde que la conociste o debiste conocerla (art. 82).
- Calcular mal el preaviso. Depende del tiempo de trabajo ininterrumpido (art. 81).
- No guardar constancia de recibido. Sin ella te costará probar cuándo avisaste.
- Olvidarte de reclamar a tiempo las prestaciones. Deben pagarse dentro de los cinco días siguientes a la terminación (art. 142, literal f).
- No pedir la constancia de trabajo. Solo es obligatoria si la exiges (art. 84).
A dónde acudir gratis si hay un conflicto
- Procuraduría del Trabajo. Cada Inspectoría o Sub Inspectoría del Trabajo debe tener este servicio, con profesionales del derecho que prestan asesoría y asistencia legal gratuita a los trabajadores (art. 504 LOTTT).
- Inspectoría del Trabajo. Decide y hace cumplir la norma en los reclamos de los trabajadores por incumplimiento de la ley (art. 509, numeral 4). Las Sub Inspectorías también atienden reclamos (art. 510).
- Sin costo. La justicia laboral es gratuita en sede judicial y administrativa: no se pueden establecer tasas ni exigir pago alguno por sus servicios (art. 11).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto preaviso hay que dar para renunciar en Venezuela?
En una relación por tiempo indeterminado: una semana después de un mes de trabajo, una quincena después de seis meses y un mes después de un año (art. 81 LOTTT).
¿Qué pasa si no doy el preaviso?
El art. 81 LOTTT dice que, en caso de preaviso omitido, el patrono debe pagar los beneficios correspondientes hasta la fecha en que prestaste servicio.
¿Hace falta preaviso si la causa es del patrono?
No. Con causa justificada se puede terminar sin previo aviso, siempre que no hayan pasado treinta días continuos desde que conociste o debiste conocer el hecho (art. 82 LOTTT).
¿La renuncia tiene que ser voluntaria?
Sí. La ley define el retiro como una manifestación de voluntad unilateral, espontánea y libre de coacción (art. 78 LOTTT).
¿Cuándo me pagan las prestaciones sociales si renuncio?
Dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación; si no, generan intereses de mora (art. 142, literal f, LOTTT).
¿Dónde pido ayuda gratis?
En la Procuraduría del Trabajo de tu Inspectoría o Sub Inspectoría del Trabajo, que presta asesoría y asistencia legal gratuita (art. 504 LOTTT).
Fuentes oficiales
Última revisión: 2 de noviembre de 2026. LOTTT consultada ese día en el PDF que publica el Ministerio. Comprueba en la Gaceta Oficial si hay reformas posteriores.
Esta página es orientativa y no sustituye la asesoría de un profesional. Para tu caso concreto, acude a la Procuraduría del Trabajo de tu Inspectoría, que asesora gratis.