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Calculadora de indemnización en El Salvador (2026)

Equipo OfizioÚltima revisión: 2026-11-02Código de Trabajo y Decreto 592

Respuesta rápida

Con despido sin causa legal, la indemnización es de 30 días de salario básico por año y la parte proporcional (art. 58), con el salario limitado a 4 salarios mínimos diarios. Con renuncia y dos años o más, 15 días por año (Decreto 592). En ambos casos se suman vacaciones y aguinaldo proporcionales.

Cálculo oficial: el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) tiene un servicio de cálculo de indemnización por despido, mutuo acuerdo o renuncia, en línea y en sus oficinas departamentales. Compara tu resultado con el suyo: esta página aplica el Código de Trabajo y explica de dónde sale cada cifra.

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Más opciones: vacaciones sin pagar y aguinaldo

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En El Salvador, si te despiden sin causa legal con un contrato por tiempo indefinido, el patrono debe indemnizarte con 30 días de salario básico por cada año de servicio y la parte proporcional de la fracción (Código de Trabajo, art. 58). Si renuncias, la prestación es otra y menor: 15 días por año desde los dos años (Decreto 592).

Qué incluye el cálculo y de dónde sale cada concepto

ConceptoCuánto esNorma
Indemnización por despido30 días de salario básico por cada año y la parte proporcional de la fracción. Nunca menos de 15 días. El salario no puede pasar de 4 salarios mínimos diarios.Art. 58
Prestación por renuncia15 días de salario básico por cada año de servicio, a partir de 2 años. El salario no puede pasar de 2 salarios mínimos diarios del sector.Decreto 592, arts. 5 y 8
Vacaciones15 días de salario más un 30 % por cada año. Si sales antes de completar el año, la parte proporcional.Arts. 177 y 187; Decreto 592, art. 9
AguinaldoLa parte proporcional de 15, 19 o 21 días según tu antigüedad.Arts. 198 y 202; Decreto 592, art. 9

Topes según el salario mínimo

El salario diario que entra en la fórmula tiene un máximo que depende del salario mínimo del sector. Estos son los importes vigentes desde el 1 de junio de 2025 según el Ministerio de Trabajo, con el diario como mensual entre 30:

SectorSalario mínimo mensualTope diario por despido (4 veces)Tope diario por renuncia (2 veces)
Industria, comercio y servicios$408.80$54.51$27.25
Maquila textil y confección$402.32$53.64$26.82
Recolección de caña y beneficios de café$305.23$40.70$20.35
Recolección de café, agropecuario y pesca$272.53$36.34$18.17

Ejemplo resuelto

Esto es un ejemplo, no un caso real. Ingreso el 15 de marzo de 2021, último día el 31 de octubre de 2026 (5 años y 231 días), salario de $600 al mes en comercio, despido sin causa. El salario diario es de $20, por debajo del tope. Son los valores que trae la calculadora.

ConceptoCálculoMonto
Indemnización$20 × 30 días × (5 años + 231/365) = 168.99 días$3,379.73
Vacaciones proporcionales15 días × 231/365 × $20 × 1.30$246.82
Aguinaldo proporcional19 días × 323/365 × $20$336.27
Total estimado$3,962.82

Supuestos y casos que no cubre

  • Contrato por tiempo indefinido. Con contrato a plazo, el art. 59 da el salario que faltaba hasta el vencimiento, sin pasar de lo que tocaría por tiempo indefinido.
  • Criterios de esta calculadora. El salario diario es el mensual entre 30 (art. 142). Los días se cuentan con año de 365 e incluyen el primero y el último. Las vacaciones proporcionales llevan el 30 % de recargo y el aguinaldo se mide desde el 13 de diciembre anterior. El Código no detalla estas operaciones.
  • Renuncia y fracciones. El art. 8 del Decreto 592 habla de «cada año de servicio». La calculadora solo cuenta años completos y muestra la fracción aparte.
  • No cubre salarios o comisiones adeudados, horas extra, despidos de personas protegidas, salarios caídos de un juicio, empleados públicos ni indemnizaciones pagadas por adelantado cada año.
  • Impuestos. La prestación por renuncia está exenta de renta (Decreto 592, art. 7). Sobre la renta del aguinaldo, mira la calculadora de aguinaldo.

Plazos y a dónde reclamar

  • Despido: 60 días para reclamar la indemnización, desde el despido (art. 610).
  • Vacaciones y aguinaldo: 180 días desde que debieron pagarse (art. 613).
  • Renuncia: 90 días hábiles desde que debió pagarse la prestación (Decreto 592, art. 11). Si el patrono se niega a pagarla, la ley presume despido injusto (art. 3).
  • Dónde. Centro de llamadas 130, intervención conciliatoria y denuncia ciudadana del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por despido en El Salvador?

Se multiplican 30 días de salario básico por cada año de servicio y se suma la parte proporcional de la fracción (Código de Trabajo, art. 58). El salario diario se limita a 4 salarios mínimos diarios y la indemnización nunca baja de 15 días de salario.

¿Cuánto me pagan si renuncio?

Con dos años o más de servicio, 15 días de salario básico por cada año, con el salario limitado a 2 salarios mínimos diarios del sector (Decreto 592, art. 8). Además, vacaciones y aguinaldo proporcionales (art. 9). Debes dar preaviso de 15 o 30 días (art. 2).

¿Cuál es el tope de la indemnización?

El tope está en el salario, no en los años: ningún salario diario puede superar cuatro veces el mínimo diario vigente (art. 58). Con el mínimo de $408.80 al mes son $54.51 al día, es decir, $1,635.20 al mes.

¿Se pagan las vacaciones si me despiden antes de cumplir el año?

Sí. Con despido sin causa legal se pagan los días proporcionales al tiempo trabajado (art. 187). Las vacaciones se pagan con un 30 % de recargo sobre el salario (art. 177).

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

60 días desde el despido para la indemnización (art. 610), 180 días para vacaciones y aguinaldo (art. 613) y 90 días hábiles para la prestación por renuncia (Decreto 592, art. 11).

¿Dónde se hace el cálculo oficial?

En las oficinas departamentales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que también orienta en el 130. Para el cálculo por despido piden DUI, fecha de ingreso, salario y último día trabajado, según su página de servicios.

Fuentes oficiales

Última revisión: 2026-11-02. Herramienta orientativa: no sustituye la asesoría de un abogado ni el cálculo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Los importes son brutos y los salarios mínimos son los publicados por el Ministerio el 27 de mayo de 2025.

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