Salario mínimo vigente en cada país hispano
Respuesta rápida
Colombia: $1.750.905 al mes desde el 1 de enero de 2026. México: $315.04 diarios en la zona general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte. Perú: S/ 1,230.00 al mes desde el 1 de octubre de 2026. España: 1.221 euros al mes. Venezuela no aparece porque no hemos podido leer el decreto vigente en una fuente oficial.
El salario mínimo lo fija cada país con su propia norma: un decreto, una resolución, un acuerdo o una ley. Algunos tienen una sola cifra y otros, tarifas por actividad, por región o por tamaño de empresa.
Aquí tienes el importe de cada país en su moneda, copiado tal como lo escribe la norma (cada país usa su separador decimal), con la fecha desde la que rige y el enlace a la fuente oficial donde lo hemos leído. No convertimos a dólares: el tipo de cambio varía cada día.
Tabla: salario mínimo por país
| País | Salario mínimo (en su moneda) | Rige desde | Norma (enlace oficial) |
|---|---|---|---|
| Argentina | $398.800 al mes (jornada completa) o $1.994 por hora; $406.400 desde el 1 de diciembre de 2026 | 1 de noviembre de 2026 | Resolución 4/2026, laudo de la presidencia del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (Boletín Oficial del 2-sep-2026) |
| Bolivia | Bs 3.300 al mes | 2026 (decreto de 13 de enero de 2026) | Decreto Supremo 5516, de 13-ene-2026, y Resolución Ministerial 088/26, según el Ministerio de Trabajo |
| Chile | $553.553 al mes (de 18 a 65 años); $412.938 (menores de 18 y mayores de 65) | 1 de mayo de 2026 | Ley 21.830, arts. 1 y 2 (Diario Oficial del 22-jun-2026) |
| Colombia | $1.750.905 al mes | 1 de enero de 2026 | Decreto 1469 de 2025; Decreto 0159 de 2026 (fija la misma cifra de forma transitoria hasta la sentencia del Consejo de Estado) |
| Costa Rica | ¢373.092,30 al mes para la ocupación no calificada (¢12.436,41 por jornada diaria); otros mínimos por ocupación y uno propio para trabajo doméstico | 1 de enero de 2026 | Decreto Ejecutivo 45303-MTSS (Alcance 156 a La Gaceta 229, 5-dic-2025) |
| Ecuador | US$ 482,00 al mes (salario básico unificado) | 1 de enero de 2026 | Acuerdo Ministerial MDT-2025-195, de 15-dic-2025 |
| El Salvador | US$408.80 al mes en industria, comercio y servicios; menos en maquila textil y en el sector agrícola | 1 de junio de 2025 | Tarifas aprobadas por el Consejo Nacional del Salario Mínimo, según el Ministerio de Trabajo (nota oficial de 27-may-2025) |
| España | 1.221 euros al mes o 40,70 euros al día; en cómputo anual, al menos 17.094 euros | 1 de enero de 2026 (efectos; el real decreto entró en vigor el 20 de febrero) | Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (BOE núm. 44, de 19-feb-2026) |
| Guatemala | Actividades no agrícolas: Q. 4,002.28 al mes en la circunscripción 1 y Q. 3,816.90 en la 2; agrícolas y maquila, menos | 1 de enero de 2026 | Acuerdo Gubernativo 256-2025, de 19-dic-2025 |
| Honduras | De L 9,596.64 a L 19,298.72 al mes, según la actividad y el tamaño de la empresa | 1 de enero de 2026 | Acuerdo SETRASS-233-2026 (La Gaceta 37,129, 29-abr-2026) |
| México | $315.04 diarios en la zona general; $440.87 diarios en la Zona Libre de la Frontera Norte | 1 de enero de 2026 | Resolución del Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (DOF del 9-dic-2025) |
| Panamá | De B/. 1.64 a B/. 5.01 por hora, según actividad, tamaño de empresa y región; trabajo doméstico: B/. 350.00 al mes (región 1) y B/. 320.00 (región 2) | 16 de enero de 2026 | Decreto Ejecutivo 13, de 31-dic-2025 (Gaceta Oficial Digital 30438, 6-ene-2026) |
| Paraguay | G. 3.044.000 al mes para actividades diversas no especificadas; jornal: G. 117.077 | 1 de julio de 2026 | Decreto 6.225, de 17-jun-2026, reglamentado por la Resolución MTESS 670/2026 |
| Perú | S/ 1,230.00 al mes (remuneración mínima vital) | 1 de octubre de 2026 | Decreto Supremo 015-2026-TR (El Peruano, 28-sep-2026) |
| Puerto Rico | US$ 10.50 por hora | 1 de julio de 2024 | Ley 47-2021, Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico |
| República Dominicana | RD$29,988.00 al mes en grandes empresas; RD$27,489.60 en medianas; RD$18,421.20 en pequeñas; RD$16,993.20 en microempresas | 1 de febrero de 2026 | Resolución CNS-01-2025 del Comité Nacional de Salarios, de 26-feb-2025 (sector privado no sectorizado) |
| Uruguay | $ 25.383 al mes ($ 24.572 de enero a junio de 2026) | 1 de julio de 2026 | Decreto 319/025 (promulgado el 26-dic-2025, publicado el 12-ene-2026) |
Importes copiados de la norma de cada país, en su moneda y con su separador decimal, sin conversiones. Cuando hay varias tarifas, la tabla da la principal o el rango; el detalle está debajo.
Detalle por país
Argentina
La resolución fija un importe para cada mes: $383.800 (septiembre de 2026), $391.200 (octubre), $398.800 (noviembre), $406.400 (diciembre), $414.200 (enero de 2027), $422.000 (febrero), $429.600 (marzo) y $437.000 (abril de 2027), para trabajadores mensualizados con jornada legal completa.
Bolivia
No hemos podido leer el decreto en la Gaceta Oficial: el importe y la norma salen de dos documentos oficiales del Ministerio de Trabajo, el comunicado DGTHSO-014/2026 (que habla de los trabajadores beneficiados con el incremento salarial de Bs 3.300,00 en su haber básico) y el manual de la planilla de adecuación al salario mínimo nacional 2026.
Chile
Desde el 1 de enero de 2027, el ingreso mínimo mensual de 18 a 65 años se reajusta con la variación del IPC entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026 (artículo 1). Para fines no remuneracionales, $356.815 (artículo 3).
Colombia
El Decreto 1469 de 2025 fijó el salario mínimo desde el 1 de enero de 2026. Por orden del Consejo de Estado, que tramita una demanda de nulidad contra ese decreto, el Gobierno expidió el Decreto 0159 de 2026, que fija transitoriamente la misma cifra desde su publicación y hasta que se dicte sentencia.
Costa Rica
Los mínimos mensuales van de ¢373.092,30 (ocupación no calificada) a ¢796.921,00 (licenciados universitarios); el trabajo doméstico tiene uno propio de ¢268.731,31 al mes. El Consejo Nacional de Salarios aprobó un aumento general del 1,70 % que regirá desde el 1 de enero de 2027, según el Ministerio de Trabajo.
Ecuador
Rige para el trabajador en general, incluidos los de la pequeña industria, agrícolas, de maquila, remunerados del hogar, operarios de artesanías y colaboradores de la microempresa.
El Salvador
Según el Ministerio de Trabajo: $408.80 al mes en industria, comercio y servicios; $402.32 en maquila textil y confección; $305.23 en recolección de caña de azúcar y beneficios de café; $272.53 en recolección de café y en el sector agropecuario, pesca y otras actividades agrícolas. No hemos podido leer el decreto en el Diario Oficial.
España
Rige para cualquier actividad, sin distinción de sexo ni edad, y se refiere a la jornada legal; con jornada inferior se cobra a prorrata (artículo 1). Surte efectos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 (disposición final tercera).
Guatemala
Circunscripción 1 (departamento de Guatemala): agrícolas Q. 124.64 al día o Q. 3,791.20 al mes; no agrícolas Q. 131.58 o Q. 4,002.28; exportadora y de maquila Q. 112.10 o Q. 3,409.73. Circunscripción 2 (resto del país): agrícolas Q. 119.21 o Q. 3,625.89; no agrícolas Q. 125.49 o Q. 3,816.90; exportadora y de maquila Q. 105.90 o Q. 3,221.10. En su tabla, el Ministerio de Trabajo suma aparte la bonificación incentivo de Q. 250.00.
Honduras
La tabla tiene 11 ramas de actividad y 4 tamaños de empresa: el mínimo más bajo es el de agricultura, silvicultura, caza y pesca con 1 a 10 trabajadores, y el más alto, el de establecimientos financieros, bienes inmuebles y servicios a empresas con 151 trabajadores o más. El ajuste de enero a abril de 2026 debía pagarse de forma diferida, a más tardar el 31 de julio de 2026 (artículo 4). El mismo acuerdo fija ya la tabla de 2027.
México
En términos mensuales, la propia resolución da $9,582.47 en la zona general y $13,409.80 en la Zona Libre de la Frontera Norte (salario diario por 365 días entre 12 meses). La Zona Libre la forman los municipios fronterizos que enumera la resolución.
Panamá
Las tasas son por hora y dependen de la actividad, la ocupación, el tamaño de la empresa y la región (la región 1 son los distritos que enumera el artículo 3; la región 2, el resto). La más baja, 1.64, es la de pequeña empresa en agricultura, ganadería, caza, silvicultura, acuicultura y pesca; la más alta, 5.01, la de tripulantes de cabina de vuelos internacionales. Importes en balboas.
Paraguay
El reajuste es del 5 %. La resolución fija también los mínimos de las actividades especificadas y las profesiones escalafonadas, y los de la jornada nocturna (G. 3.957.200 al mes).
Perú
Es el primer tramo de un aumento de S/ 170.00: el segundo tramo, de S/ 70.00, se fijará por decreto supremo en el primer semestre de 2027 y llevará la remuneración mínima vital a S/ 1,300.00.
Puerto Rico
La ley subió el mínimo a 8.50 dólares en 2022, a 9.50 en julio de 2023 y a 10.50 desde el 1 de julio de 2024, salvo que la Comisión Evaluadora de Salario Mínimo lo varíe por decreto. No se aplica, entre otros, al trabajo agrícola ni al empleo público, y los empleados con propinas tienen reglas propias.
República Dominicana
El tamaño de la empresa se mide por número de trabajadores o por ventas anuales: grande, 151 trabajadores o más; mediana, de 51 a 150; pequeña, de 11 a 50; microempresa, hasta 10. Hay tarifas propias para otros casos, como los vigilantes de empresas de guardianes privados (RD$24,633.00).
Uruguay
El jornal diario es el importe mensual dividido entre 25, y el salario por hora, entre 200 (artículos 1 y 2).
Países que no están en la tabla
Solo incluimos un país cuando hemos leído su norma en una fuente oficial. Por eso faltan:
- Venezuela: el salario mínimo lo fija un decreto publicado en la Gaceta Oficial y no hemos podido leer el vigente en una fuente oficial; solo hemos encontrado copias en webs no oficiales.
- Nicaragua: no hemos podido leer el acuerdo vigente en una fuente oficial.
- Cuba: no hemos localizado la resolución vigente en la Gaceta Oficial.
- Guinea Ecuatorial: no hemos consultado su legislación.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el salario mínimo en Colombia en 2026?
$1.750.905 al mes desde el 1 de enero de 2026, según el Decreto 1469 de 2025. El Decreto 0159 de 2026 fijó de forma transitoria la misma cifra mientras el Consejo de Estado resuelve una demanda de nulidad.
¿Cuánto es el salario mínimo en México en 2026?
$315.04 diarios en la zona general y $440.87 diarios en la Zona Libre de la Frontera Norte desde el 1 de enero de 2026. En términos mensuales, la propia resolución da $9,582.47 y $13,409.80.
¿Por qué no aparece Venezuela?
Porque no hemos podido leer el decreto vigente en una fuente oficial. No damos una cifra que no podamos comprobar en la norma.
¿Por qué no se comparan los salarios en dólares?
Porque cada país paga en su moneda y el tipo de cambio cambia cada día. Damos cada importe tal como lo escribe la norma oficial.
¿Cada cuánto cambian estos importes?
Depende del país. México, Colombia, Costa Rica y España los fijan cada año; Argentina, Uruguay y Perú han fijado tramos dentro del año, y Honduras y Panamá, tarifas para 2026 y 2027. Revisamos la tabla cuando se publica una norma nueva.
Fuentes oficiales
- Argentina: Resolución 4/2026, texto original (Argentina.gob.ar, Información Legislativa).
- Bolivia: Comunicado DGTHSO-014/2026, planilla complementaria de adecuación al salario mínimo nacional 2026 (Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social).
- Bolivia: Manual de la planilla complementaria 2026 (Oficina Virtual de Trámites del Ministerio de Trabajo).
- Chile: Ley 21.830, que reajusta el ingreso mínimo mensual (Diario Oficial de la República de Chile).
- Colombia: Decreto 1469 de 29 de diciembre de 2025 (Presidencia de la República).
- Colombia: Decreto 0159 de 19 de febrero de 2026 (Presidencia de la República).
- Costa Rica: Decreto 45303-MTSS, fijación de salarios mínimos para el sector privado que regirán a partir del 1 de enero de 2026 (Alcance 156 a La Gaceta 229).
- Costa Rica: Comunicado del 28 de octubre de 2026 sobre el aumento para 2027 (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).
- Ecuador: Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 (Ministerio del Trabajo).
- El Salvador: Nota del 27 de mayo de 2025 sobre el incremento del salario mínimo (Ministerio de Trabajo y Previsión Social).
- España: Real Decreto 126/2026, salario mínimo interprofesional para 2026 (BOE).
- Guatemala: Acuerdo Gubernativo 256-2025, salarios mínimos para 2026 (Ministerio de Trabajo y Previsión Social).
- Guatemala: Salario mínimo 2026 (Ministerio de Trabajo y Previsión Social).
- Honduras: Acuerdo SETRASS-233-2026, La Gaceta núm. 37,129 (copia del Tribunal Superior de Cuentas).
- México: Resolución que fija los salarios mínimos generales y profesionales que rigen desde el 1 de enero de 2026 (Diario Oficial de la Federación).
- Panamá: Decreto Ejecutivo 13 de 31 de diciembre de 2025, que fija las nuevas tasas de salario mínimo (Gaceta Oficial Digital 30438).
- Paraguay: Resolución MTESS 670/2026, que reglamenta el Decreto 6.225 (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
- Perú: Decreto Supremo 015-2026-TR, que incrementa la remuneración mínima vital (Diario Oficial El Peruano).
- Puerto Rico: Ley 47-2021, Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico (Oficina de Gerencia y Presupuesto).
- República Dominicana: Resolución CNS-01-2025, salario mínimo para el sector privado no sectorizado (Ministerio de Trabajo, portal de transparencia).
- Uruguay: Decreto 319/025, fijación del salario mínimo nacional (IMPO).
Información divulgativa de Ofizio, no asesoría legal. Normas leídas en su fuente oficial el 2026-11-08; si tu caso tiene dudas, consulta a la autoridad laboral de tu país.