Carta de despido en México: modelo de aviso de rescisión
¿Estás en España? Ver el modelo de carta de despido con el Estatuto de los Trabajadores.
Respuesta rápida
En México la carta de despido es el aviso de rescisión del art. 47 LFT: por escrito, con la conducta y las fechas, entregado en persona o comunicado al Tribunal en cinco días hábiles. Sin aviso, el despido se presume injustificado. Abajo, modelo para copiar.
En México, la «carta de despido» que exige la ley se llama aviso de rescisión. Cuando el patrón despide por una causa justificada, debe darle a la persona trabajadora un aviso escrito que diga claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron (art. 47 LFT). Abajo tienes un modelo para copiar y las reglas de entrega, que es donde fallan la mayoría de los despidos.
Causas de rescisión sin responsabilidad para el patrón
El art. 47 enumera las causas. Entre ellas:
- Engañar al patrón con certificados falsos o referencias sobre capacidades que no se tienen (solo durante los primeros 30 días de servicio; fr. I).
- Faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra el patrón, su familia, el personal directivo, clientes o proveedores (fr. II), o contra compañeros si se altera la disciplina (fr. III).
- Causar intencionalmente perjuicios materiales en edificios, maquinaria o materiales (fr. V), o causarlos graves por negligencia (fr. VI); comprometer la seguridad del establecimiento o de las personas (fr. VII).
- Actos inmorales o de hostigamiento o acoso sexual en el lugar de trabajo (fr. VIII); revelar secretos de fabricación o asuntos reservados (fr. IX).
- Más de tres faltas de asistencia en treinta días sin permiso ni causa justificada (fr. X); desobedecer sin causa justificada en el trabajo contratado (fr. XI).
- Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas sin prescripción médica (fr. XIII); sentencia de prisión que impida trabajar (fr. XIV).
- Las causas análogas, igual de graves (fr. XV).
El patrón tiene un mes para despedir desde que conoce la causa: después, la acción prescribe (art. 517 LFT, fr. I).
Cómo se entrega el aviso (y qué pasa si no se entrega)
- En persona, en el momento mismo del despido. Conviene que la persona trabajadora firme de recibido una copia.
- Si no es posible, el patrón puede comunicarlo al Tribunal competente dentro de los cinco días hábiles siguientes, dando el último domicilio registrado del trabajador para que la autoridad se lo notifique personalmente.
- La falta de aviso, personal o por el Tribunal, por sí sola presume que el despido fue injustificado, salvo prueba en contrario.
- El plazo para reclamar el despido no empieza a correr hasta que la persona trabajadora recibe personalmente el aviso.
Todo ello está en los últimos párrafos del art. 47 LFT.
Modelo de aviso de rescisión (para copiar)
Sustituye lo que va entre corchetes. Cita la fracción concreta del art. 47 y describe hechos y fechas reales: un aviso genérico no cumple con la ley.
Qué pasa después del despido
- El finiquito se paga siempre, también en el despido justificado: salario devengado, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales, y la prima de antigüedad, que en el despido corresponde con cualquier antigüedad (art. 162 LFT, fr. III). Puedes calcularlo con el formato de finiquito en Excel para México.
- Si la persona trabajadora considera injusto el despido, puede pedir ante la autoridad conciliadora, y después ante el Tribunal, la reinstalación o una indemnización de tres meses de salario; si el patrón no prueba la causa, se suman los salarios vencidos hasta doce meses (art. 48 LFT).
- Tiene dos meses desde el día siguiente a la separación para ejercer esas acciones; el plazo se suspende al presentar la solicitud de conciliación (art. 518 LFT).
- La PROFEDET asesora y representa gratis a las personas trabajadoras (arts. 530 y 534 LFT).
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio dar carta de despido en México?
Sí. El patrón que despide debe dar un aviso escrito con la conducta que motiva la rescisión y la fecha en que se cometió, en persona o por medio del Tribunal en los cinco días hábiles siguientes (art. 47 LFT).
¿Qué pasa si no me dieron el aviso de rescisión?
La falta de aviso por sí sola presume que el despido fue injustificado, salvo prueba en contrario, y el plazo para reclamar no corre hasta que lo recibas personalmente (art. 47 LFT).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?
Dos meses contados a partir del día siguiente a la separación; el plazo se suspende al presentar la solicitud de conciliación (art. 518 LFT).
¿Si me despiden con causa justificada me pagan algo?
Sí: el finiquito con lo ya ganado y la prima de antigüedad de 12 días por año, que en el despido corresponde con cualquier antigüedad (art. 162 LFT). La indemnización de tres meses no procede si el despido es justificado.
¿Cuántas faltas son causa de despido?
Más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada (art. 47 fr. X LFT).
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo, texto vigente (Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-05-2026): arts. 47, 48, 162, 517, 518, 530 y 534
- Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)
Contenido divulgativo de Ofizio, no asesoría legal. Normas consultadas el 2026-10-22: Ley Federal del Trabajo, texto vigente con última reforma publicada en el DOF el 14-05-2026. Para tu caso concreto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) asesora y representa gratis a las personas trabajadoras (arts. 530 y 534 LFT).