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Convenio del metal de la Comunidad de Madrid 2026: tablas salariales y condiciones

Equipo editorial de Ofizio 7 min de lectura

Equipo editorial de Ofizio — Contenido divulgativo elaborado por el equipo editorial de Ofizio con las fuentes oficiales enlazadas. No constituye asesoramiento jurídico: para tu caso concreto, consulta a un abogado colegiado o a un graduado social.

Resumen

  • Convenio: Convenio Colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid, código 28003715011982, vigente del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026 (art. 4, BOCM n.º 15, 18-1-2025).
  • Subida de 2026: un 2,00 % sobre las tablas de 2025. Como el IPC real de 2025 no superó el 3,00 % pactado para ese año, no hubo actualización adicional (acta de 21-1-2026, BOCM n.º 59, 11-3-2026).
  • Salario de convenio 2026: de 20.687,47 € (grupo 7) a 35.378,96 € al año (grupo 1), en 14 pagas.
  • Pagas extra: 15 de julio y 22 de diciembre, de 30 días de salario de convenio más antigüedad (art. 33).
  • Jornada 2026: 1.756 horas de trabajo efectivo al año (art. 48).

Tabla salarial 2026 del metal de Madrid

Estas son las cifras del anexo II de la revisión salarial de 2026, tal como se publicaron corregidas en el BOCM n.º 59, de 11 de marzo de 2026 (la resolución original salió en el BOCM n.º 56, de 7 de marzo, con un error material en el anexo). Son importes brutos y mínimos por jornada completa.

GrupoDescripción funcionalSalario de convenio anual 2026 (€)Mensual en 14 pagas (€)Valor del quinquenio (€)Base para complementos, salvo nocturnidad (€)
1Licenciada/o-grado35.378,962.527,0742,721.130,84 al mes
2Técnico/a29.689,982.120,7138,881.002,16 al mes
3Técnica/o auxiliar26.768,791.912,0635,78913,80 al mes
4Empleado/a23.930,651.709,3333,37841,22 al mes
5Operaria/o22.263,681.590,2631,9126,46 al día
6Empleado/a auxiliar22.030,781.573,6331,19781,71 al mes
7Operaria/o auxiliar20.687,471.477,6830,8225,28 al día
—Aprendices17.438,11———

La base para el cálculo de complementos es mensual en los grupos 1 a 4 y 6, y diaria en los grupos 5 y 7, como indica el propio anexo («€ mensual/diario»). Quien cobre por días puede seguir haciéndolo: el salario diario se obtiene dividiendo el salario anual entre 425 días. Los grupos 5 y 7 tienen además una cantidad «por carencia de incentivo» de 2,87 € (art. 17). Fuente de toda la tabla: BOCM n.º 59, 11-3-2026.

Qué categorías hay en cada grupo

El convenio clasifica por grupos profesionales y, a título orientativo, los equipara con las categorías antiguas (BOCM n.º 15, 18-1-2025, anexo de clasificación):

  • Grupo 1: licenciados, ingenieros, grado universitario, arquitectos; peritos, ingenieros técnicos, aparejadores y arquitectos técnicos con responsabilidad técnica; directores de áreas y servicios.
  • Grupo 2: jefe de taller, ATS/diplomado en enfermería, jefe de 1.ª administrativo, jefe de laboratorio de 1.ª, analista informático, graduados sociales.
  • Grupo 3: delineante proyectista, jefes de organización y de laboratorio, jefe de 2.ª administrativo, programador, maestro industrial, maestros de taller, contramaestre.
  • Grupo 4: delineantes de 1.ª y 2.ª, operador informático, analista de laboratorio de 1.ª, técnicos de organización, oficiales administrativos de 1.ª y 2.ª, conductor, comercial, encargados de sección de taller.
  • Grupo 5: profesionales de oficio de 1.ª y 2.ª; capataz de especialistas y peones ordinarios.
  • Grupo 6: conserje, almacenero, auxiliares en general, analista de laboratorio de 2.ª, ordenanza, portero, telefonista.
  • Grupo 7: peón, mozo especialista de almacén, especialista, oficial de 3.ª de taller.

Si eres electricista, soldador u otro profesional de oficio con categoría de oficial de 1.ª o 2.ª en una empresa del metal de Madrid, tu mínimo de 2026 es el del grupo 5: 22.263,68 € brutos al año. Lo comparamos con lo que se cobra de media en cuánto gana un electricista en 2026.

Pagas extraordinarias

El convenio fija dos pagas de 30 días de salario de convenio más antigüedad y, en su caso, los complementos «ex categoría» y «ex antigüedad», que se abonan el 15 de julio y el 22 de diciembre, o el día laborable anterior si son festivos. Cada una se devenga por semestres naturales y en proporción al tiempo efectivamente trabajado, y la incapacidad temporal cuenta como tiempo trabajado (art. 33). Cómo se calculan, se cotizan y tributan está en nuestra guía de la paga extra de Navidad para empresas.

Antigüedad y complementos

  • Antigüedad (art. 41): por quinquenios, con un máximo de cinco; cada uno empieza a cobrarse el mes siguiente a cumplirse. El valor de 2026 de cada grupo está en la tabla y solo afecta a los quinquenios que se devenguen desde el 1 de enero de 2026.
  • Nocturnidad (art. 39): el trabajo entre las 22:00 y las 6:00 lleva un 25 % sobre el salario de convenio (más, en su caso, el «ex categoría»); con más de una hora y hasta cuatro, solo por las horas trabajadas; con más de cuatro, por toda la jornada.
  • Penosidad, toxicidad y peligrosidad (art. 38): si el riesgo persiste pese a las medidas de protección, un 20 % sobre el salario base de cálculo de complementos por día efectivo trabajado; un 25 % si concurren dos circunstancias y un 30 % si concurren las tres. Se reduce a la mitad cuando la exposición dura más de 60 minutos sin llegar a media jornada.
  • Jefatura de equipo (art. 40): un 20 % para quien, haciendo trabajo manual, dirige a un grupo de entre 3 y 12 personas.
  • Mejora de productividad (art. 42): un 1,5 % del salario de convenio anual (más el «ex categoría», si lo hay) repartido en doce meses, que se cobra cada mes en el que las ausencias no superen ocho horas laborables (no cuentan las vacaciones, las garantías sindicales ni las licencias retribuidas del art. 43, salvo la consulta al médico de cabecera).

Penosidad y jefatura de equipo se calculan sobre la columna «base para complementos» de la tabla, no sobre el salario de convenio (art. 37).

Dietas y kilometraje en 2026

  • Dietas (art. 45 y acta de 2026): media dieta, 12,14 €; dieta completa, 59,17 € en desplazamientos de hasta 7 días y 47,36 € si son de más de 7 días. En tendidos de líneas eléctricas y electrificación de ferrocarriles, dieta completa de 47,36 € y media dieta de 12,14 € (BOCM n.º 59, 11-3-2026).
  • Kilometraje (art. 44): 0,26 € por kilómetro con vehículo propio o, si es mayor, la cantidad que Hacienda considere exenta.

Jornada y vigencia

La jornada de 2026 es de 1.756 horas de trabajo efectivo al año, con ocho horas de libre disposición para asuntos propios, de modo que la jornada individual efectiva queda en 1.748 horas si se usan (art. 48).

El convenio termina el 31 de diciembre de 2026. Si nadie lo denuncia con al menos un mes de antelación, se prorroga de año en año desde el 1 de enero de 2027 (art. 5). Además, si el IPC real de 2026 supera el 2 %, el artículo 29 prevé actualizar las tablas a 31 de diciembre por la diferencia, sin carácter retroactivo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto ha subido el convenio del metal de Madrid en 2026?

Un 2,00 % sobre las tablas de 2025, según el artículo 29. El IPC real de 2025 no superó el 3,00 % pactado para ese año, así que no hubo actualización adicional (BOCM n.º 59, 11-3-2026).

¿Cuánto cobra un oficial de 1.ª en el convenio del metal de Madrid?

Los profesionales de oficio de 1.ª y 2.ª están en el grupo 5: 22.263,68 € brutos al año en 2026, que son 1.590,26 € al mes en 14 pagas.

¿Cuándo se cobran las pagas extra en el metal de Madrid?

El 15 de julio y el 22 de diciembre, o el día laborable anterior si son festivos. Cada paga es de 30 días de salario de convenio más antigüedad (art. 33).

¿Hasta cuándo está vigente el convenio del metal de Madrid?

Hasta el 31 de diciembre de 2026. Si no se denuncia con al menos un mes de antelación, se prorroga de año en año desde el 1 de enero de 2027 (arts. 4 y 5).

Fuentes

Cifras copiadas de los boletines oficiales y comprobadas el 29 de octubre de 2026. Son mínimos de convenio: la empresa puede pagar más, y el salario nunca puede quedar por debajo del salario mínimo interprofesional de 2026.

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